10 verdes años -Estudio Jurídico Manzano analiza los últimos 10 años de gestión ambiental en el Ecuador

La abogada Inés Manzano, Gerente General del Estudio Jurídico Manzano, analizó los últimos 10 años de gestión ambiental en el Ecuador, el cual se comparte con ustedes a continuación.

Sería lo que se podría colegir como el resultado de tener la única Constitución a nivel mundial que le da derechos a la naturaleza. Fenómeno mundial, pero… de poca praxis. Ecuador ha ido ajustando la norma legal a esta pretensión. Por ejemplo, en el 2009 se expidió el Reglamento Orgánico Funcional de la Defensoría del Pueblo, en el 2018 el Instructivo para la Defensa de las Personas que Protegen los Derechos de la Naturaleza. A más de la versión 2.0 de delitos ambientales en el Código Orgánico Integral Penal, pues en el año 2000 tuvimos la versión 1.0, y de un Código Orgánico de Procesos en el que destaca la acción por daños y perjuicios ambientales, junto con el nuevo Código Orgánico Ambiental. Alrededor de más de 100 normas secundarias ambientales tenemos, y en algunos casos tres cambios sobre la misma materia en un mismo año.

 

Pareceríamos armados para un proceso judicial o administrativo, pero ¿en verdad es eso suficiente para evaluar el estado de los recursos naturales ecuatorianos? ¿Logramos la protección anhelada? ¿Hacia dónde vamos? La respuesta es no a las dos primeras preguntas y a la tercera, francamente, a la deriva, sin peso institucional en el Ministerio que hoy en día es uno de los más importantes: Ambiente y Agua. Por falta de objetivos que integren la sostenibilidad con la competitividad empresarial y productividad, con la inclusión social económicamente rentable y con la prestancia de tener acuerdos mínimos entre los actores del tejido público institucional.

 

La prevención y control ambiental requieren un personal que no existe en la institución con competencia ambiental (ministerio, prefecturas y municipios) y que se va creando en cada acuerdo, reglamento y ordenanza que se han expedido en virtud de la Constitución y leyes, sin tomar en cuenta los recursos institucionales para sostener lo que la ley prescribe, ¡nos pasó con los tiburones! ¡Con lo forestal! ¡Con la emisión de licencias ambientales! (Hasta hoy alrededor de 2.000 represadas). ¡Y de autorizaciones ambientales para incentivos verdes!; además tenemos desconocimiento en instituciones de control afines a temas ambientales como la Agencia de Regulación y Control del Agua que aún, por ejemplo, no sanciona al Municipio de Guayaquil y su concesionaria Interagua por descargar aguas residuales con un contenido mucho mayor al permitido: 1’400.000 en coliformes fecales diarios versus 2.000 que es el límite permisible de contaminación.

 

El INEC resalta la falta de conciencia ambiental de los ciudadanos y de los municipios al demostrar cifras como el 47,47% de los hogares encuestados (30.023) clasificaron los residuos, es decir, cinco de cada diez hogares ecuatorianos han realizado esta práctica, pero los depositan con el resto de la basura por falta de contenedores específicos o centros de acopio. Y me pregunto si los municipios leyeron el art. 415 de la Constitución que dice que están obligados a desarrollar programas de reducción, reciclaje de desechos sólidos.

 

En el último reporte de evaluación del Ecuador hacia el cumplimiento de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible, donde están temas ambientales como conservación de océanos, vida silvestre, agua y saneamiento ambiental, productos y consumo responsable, ciudades sostenibles, entre otros, tenemos calificaciones en semáforos: color rojo y amarillo.

 

Necesitamos para ayer un verdadero administrador, gestor, innovador en el manejo de recursos naturales, economía circular, que le interese desatar estos nudos gordianos e impulse con los administradores de justicia, sus pares, academia, empresarios y ciudadanos un verdadero estilo de gestión sostenible. Un Ecuador por lo menos con visión al 2030.